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Ficha del Remate

Remate calle parque fray jorge norte nº 694, comuna de san bernardo, región metropolitana

Origen: Juicio Ejecutivo
Tribunal / Juez: vigésimo cuarto juzgado civil de santiago
Rol: C-26438-2019
Tipo Remate: Presencial
Fecha: 2025-04-30 Hora: 15:00:00
Lugar: huérfanos 1409, piso 10, santiago
Tipo propiedad: casa
Postura mínima: 29.793.562 CLP
Dirección:Ver en Google Maps calle parque fray jorge norte nº 694, comuna de san bernardo, región metropolitana
Garantía: 2.979.356 CLP, Vale vista a la orden del tribunal, 10% del mínimo, devolución inmediata post adjudicación excepto adjudicatario
Requisitos: Vale vista, cédula identidad vigente, no inscripción deudores alimentos
Condiciones: No inscripción deudores alimentos, cumplimiento ley 21389
Anuncio: remate: vigésimo cuarto juzgado civil de santiago, huérfanos 1409, piso 10, se rematará el 30 de abril de 2025, a las 15:00 horas, el inmueble ubicado en calle parque fray jorge norte nº 694, comuna de san bernardo, región metropolitana, que corresponde al lote cuarenta y nueve de la manzana a, del conjunto habitacional aires del valle, etapa dos, e inscrita a fojas 2.564 vta. nº 4.130 del registro de propiedad del año 2018 del conservador de bienes raíces de san bernardo. mínimo para comenzar las posturas será la suma de $ 29.793.562.- cantidad que corresponde al avalúo fiscal vigente para el presente semestre y aprobado en estos autos. la subasta se realizará bajo la modalidad presencial, en las dependencias del tribunal. en estricto cumplimiento a lo ordenado en el inciso quinto del art culo 29 de la ley 21389, no se admitirá a participar como postores a personas que se encuentren con inscripción vigente en el registro nacional de deudores de pensiones de alimentos, cuestión que el tribunal verificará de forma previa a hacer la calificación de la seriedad de la garantía de propuesta. del mismo modo, el notario público no extenderá la escritura pública de compraventa, mientras no verifique que el adjudicatario no tiene una inscripción vigente en el referido registro en calidad de deudor de alimentos, y si por dicho motivo no pudiere suscribirse la escritura pública de compraventa, se dejará sin efecto el acta de remate y el proceso de subasta pública, haciendo efectiva la garantía de seriedad de la oferta, en los términos del artículo 494 del código de procedimiento civil, y se dispondrá la devolución del dinero del precio de venta consignado por el adjudicatario, con deducción del monto que éste adeude por pensión alimenticia, el que será retenido y pagado a su alimentario. asimismo, sobre la garantía de seriedad mediante vale vista, previamente a proceder a su devolución se consultará en el registro de deudores de alimentos, y de tener inscripción vigente, se dispondrá su devolución, con deducción del monto adeudado por pensión alimenticia, el que será retenido y pagado a su alimentario. deberá acompañarse vale vista a la orden del tribunal, equivalente al 10% del mínimo fijado para el remate, con indicación del tomador para facilitar su devolución. las garantías serán devueltas a los oferentes inmediatamente después de adjudicado el inmueble, con excepción de la garantía presentada por el oferente, a quien se le adjudique la propiedad, la cual, se imputará como parte del precio. se hace presente que el vale vista, deberá ser tomado por quien eventualmente se adjudicará el inmueble o derechos subastados, no admitiéndose que estos sean tomados por terceras personas, bajo apercibimiento de no ser recibidos ni admitidos en la subasta, con el fin de dar cumplimiento a lo ordenado en la ley 21389. los oferentes deberán acompañar conjuntamente con el vale vista su cédula de identidad vigente. bases y demás antecedentes en expediente rol c- 26438-2019, banco santander-chile con pedreros valenzuela, sergio alberto, juicio ejecutivo. secretaria.